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CEM001-Solicitud de servicios en el Cementerio Municipal

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CEM001-Solicitud de servicios en el Cementerio Municipal

OBJETO DEL TRÁMITE

Consiste en la concesión de unidades de enterramiento, autorización de inhumación, autorización de exhumación y reinhumación, comunicación de colocación de lápida.

REQUISITOS

De conformidad con el art.7 apto. 1 de la Ordenanza Reguladora del Cementerio Municipal: “Las primeras concesiones de nichos se harán por riguroso orden de fechas de fallecimiento y solicitud, y se asignará correlativamente que irá de abajo a arriba por columnas.”

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Modelo solicitud (en caso de presentación presencial)
  • Justificante de Tasas
  • Acto exhumación, en su caso.
  • Fotocopia DNI solicitante
  • Fotocopia DNI persona fallecida
  • Licencia sepultura (Registro Civil)
  • Certificado médico de defunción.
  • Acta o Certificado de incineración expedida por el crematorio, en el caso de colocación de cenizas.
  • Autorización de representación, si lo hubiere.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Telemáticamente

El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola (https://banyeresdemariola.sedipualba.es) utilizando el formulario del mismo.

Presencial (sólo en caso de personas físicas)

El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTACIÓN.

FORMAS DE PAGO

Más información en el siguiente enlace:

https://www.suma.es/AutoLiquidaciones/?idioma=es

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

  • De conformidad con lo establecido en la Ordenanza del Cementerio Municipal (BOP 91 del 13/05/2016), en su artículo 11 apto 1: “El plazo de vigencia del derecho funerario tendrá una duración de 75 años, contados desde la fecha de la Resolución de la Alcaldía de constitución de dicho derecho.”
  • La colocación de lápidas podrá realizarse de 7 a 14 horas, de lunes a viernes no festivos. Deberá avisarse previamente al encargado del Cementerio al teléfono 647 919 339.

NORMATIVA

  • Decreto 39/2005, de 25 de febrero del Consell de la Generalitat por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
  • Decreto 195/2009, 30 de octubre, por el que se aprueba la modificación del reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana, aprobado por el Decreto 39/2005.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Servicio de Cementerio.
  • Ordenanza Reglamento del Cementerio Municipal de Banyeres de Mariola.

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorio

PLAZO DE RESOLUCIÓN

3 meses

FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT BANYERES DE MARIOLA - P0302100C
Plaça de l'Ajuntament, 1
03450 Banyeres de Mariola (Alicante)
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