Consiste en la concesión de unidades de enterramiento, autorización de inhumación, autorización de exhumación y reinhumación, comunicación de colocación de lápida.
De conformidad con el art.7 apto. 1 de la Ordenanza Reguladora del Cementerio Municipal: “Las primeras concesiones de nichos se harán por riguroso orden de fechas de fallecimiento y solicitud, y se asignará correlativamente que irá de abajo a arriba por columnas.”
Telemáticamente
El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola (https://banyeresdemariola.sedipualba.es) utilizando el formulario del mismo.
Presencial (sólo en caso de personas físicas)
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTACIÓN.
Más información en el siguiente enlace:
https://www.suma.es/AutoLiquidaciones/?idioma=es
Desestimatorio
3 meses
Sí