Nombre del trámite:
OBRA MENOR SUJETA A LICENCIA URBANÍSTICA
Descripción:
Se incluyen en el régimen de la Licencia de Obra Menor, las obras que indica el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP) que se encuentran sujetas a licencia, excluyendo las de obra mayor, la solicitud de autorización para las ACTUACIONES SIGUIENTES:
Instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares, la puesta en servicio de centros de transformación de energía eléctrica de media tensión, siempre que hubieran sido autorizados con anterioridad, colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase, así como la reparación de conducciones y despliegue de redes en el subsuelo. En suelo Urbanizable o NO Urbanizable o cuando afecte a dominio público, a edificios protegidos o entornos protegidos de inmuebles declarados como bien de interés cultural o bien de relevancia local, o a otras áreas de vigilancia arqueológica.
Obras de modificación o mera reforma, acondicionamiento u obras puntuales, que no supongan alteración estructural del edificio. En suelo Urbanizable o NO Urbanizable, o cuando afecte a dominio público, a edificios protegidos o entornos protegidos de inmuebles declarados como bien de interés cultural o bien de relevancia local, o a otras áreas de vigilancia arqueológica. En este supuesto, quedan englobadas las obras de mantenimiento y conservación (en el interior de los inmuebles como sustitución de revestimientos e instalaciones en zonas privativas o elementos comunes, como zaguanes o garajes, etc., o en el exterior como impermeabilizaciones, reposición de elementos compositivos de la fachada, etc.), que no afecten al aspecto exterior.
Levantamiento y reparación de muros de fábrica o mampostería, no estructurales, y el vallado de parcelas, independientemente del sistema constructivo elegido que no estén sujetos a licencia. En suelo Urbanizable o NO Urbanizable o cuando afecte a dominio público, a edificios protegidos o entornos protegidos de inmuebles declarados como bien de interés cultural o bien de relevancia local, o a otras áreas de vigilancia arqueológica. En este supuesto queda englobados todo tipo de vallado que no esté sujeto a Declaración Responsable.
Interesados/Solicitantes
Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos, con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido por la ley.
Requisitos
En caso de personas jurídicas deberán estar inscritas obligatoriamente en el Registro de Representantes. Este registro posibilita la representación de personas jurídicas en los procedimientos administrativos de carácter electrónico.
Plazo de presentación: Durante todo el año
COMUN a todos los tipos de obra:
Documento identificativo del promotor y resto de agentes de la edificación.
Copia del último recibo de IBI o documento informativo sobre cumplimiento de obligaciones fiscales de declaraciones de alteraciones catastrales del bien objeto de la obra.
Reportaje fotográfico de las actuaciones a realizar.
Justificante del pago de los tributos municipales. https://www.suma.es/AutoLiquidaciones/?idioma=va
Autorización de la Comunidad de Propietarios, conforme a lo establecido en la Legislación de Propiedad Horizontal.
ESPECIFICA según el tipo de obra solicitado.
Telemáticamente
A través del procedimiento electrónico incluido en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, en la dirección https://banyeresdemariola.sedipualba.es.
Presencial (sólo en caso de personas físicas)
El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTACIÓN.
Por medio de Suma Gestión Tributaria Diputación de Alicante en el siguiente enlace:
https://www.suma.es/AutoLiquidaciones/?idioma=es
Habrá que realizar el pago de dos autoliquidaciones, una por el Impuesto de construcciones, instalaciones y obras y otra por la tasa de Licencia urbanística:
Organismo: BANYERES DE MARIOLA (AJUNTAMENT) Concepto: IMP. CONST.INST. Y OBRAS
Organismo: BANYERES DE MARIOLA (AJUNTAMENT) Concepto: LICENCIAS URBANÍSTICAS
En caso de ocupación de vía pública con grúas, montacargas, maquinaria de construcción, mercancías, materiales, andamios, contenedores, etc. también se realizará el pago de la autoliquidación de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas:
Organismo: BANYERES DE MARIOLA (AJUNTAMENT) Concepto: OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA
El plazo máximo de resolución es de dos meses, siempre que se haya presentado la documentación completa en los registros oficiales.
Desestimatorio cuando supongan la adquisición de facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial y urbanística y en los términos dispuestos en los artículos 11 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.