Justificar las compras y gastos realizados con el Bono Consumo Anualidad 2024 por parte de las personas beneficiarias del mismo.
La justificación de las compras y gastos realizados con el Bono Consumo por parte de las personas beneficiarias del mismo, se realizará entre el 1 de noviembre y finalizará el 30 de noviembre. Tras esa fecha, no se admitirá ninguna documentación justificativa que no haya sido requerida durante las mencionadas fechas y no se procederá al pago del bono consumo.
Para que el Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, proceda a la justificación y posterior pago a la persona beneficiaria del BONO CONSUMO DEL OTOÑO BANYERES DE MARIOLA 2024, esta tendrá que presentar por Registro electrónico en el formulario correspondiente publicado al efecto o de manera presencial, en las dependencias municipales (tal y como marca el artículo 12 de la presente convocatoria) la siguiente documentación:
Si el importe de la compra o gasto fuera inferior al valor del bono, la diferencia no será devuelta en metálico.
El Ayuntamiento no abonará las facturas presentadas fuera del plazo marcado, ni tampoco, si alguna de las facturas presentadas no coincidiera con las bases de la convocatoria.
El importe resultante de las facturas presentadas será ingresado a la persona beneficiaria del bono consumo mediante transferencia bancaria, por parte del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
La asociación entre los bonos y cada factura deberá resultar indubitada, por lo que la presentación de la factura deberá conllevar la entrega asociada a la factura de los justificantes de las compras o gastos efectuados, dentro del plazo establecido.
La compra en el establecimiento, y la utilización de bonos de comercio deberá realizarse de forma responsable, teniendo en cuenta que ningún importe del mismo será devuelto por otras circunstancias que puedan derivarse de su olvido o desconocimiento de las bases de la campaña.
El Ayuntamiento de Banyeres de Mariola se reserva la facultad de resolver y dejar sin efecto la ayuda concedida, total o parcialmente, si el solicitante falsea datos, hechos o documentos aportados al expediente.
El importe resultante de las facturas presentadas será ingresado a la persona beneficiaria del bono consumo mediante transferencia bancaria, por parte del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, a partir de la publicación de la lista definitiva de los bonos concedidos.
El incumplimiento por las personas beneficiarias de cualquiera de los requisitos, condiciones, obligaciones y demás circunstancias que dieron lugar al otorgamiento del Bono Consumo del otoño Banyeres de Mariola 2024, dará lugar a la incoación, por el órgano competente para la concesión de las ayudas, del correspondiente expediente, que podrá finalizar, en su caso, con la anulación de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar el bono concedido y los intereses de demora desde el momento del pago del mismo.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, se informa que los datos personales facilitados, así como los que sean requeridos a posteriori para completar el expediente, serán integrados en la base de datos, cuya titularidad y uso corresponderá al Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
Con la cesión de los datos, se presta consentimiento expreso para que se pueda llevar a cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades anteriormente indicadas. Asimismo, queda informado de que podrá ejercitar su derecho de acceso, rectificación, oposición y supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de sus datos, así como revocar el consentimiento prestado, mediante registro electrónico o dirigiéndose por escrito al Registro General del Ayuntamiento en cualquiera de las formas previstas en la ley 39/2015.
El Ayuntamiento de Banyeres de Mariola podrá hacer publicidad de la subvención concedida. Asimismo, y a los efectos de dar cumplimiento al artículo 18 de la LGS, la concesión de la subvención implica la aceptación de ser incluido en una lista que se ubicará de forma electrónica o por cualquier otro medio, en la que figurarán el nombre e importe de las personas y empresas beneficiarias.