Consiste en la autorización a realizar matrimonio civil en el Castillo, Villa Rosario y Salón de Plenos del Ayuntamiento.
Interesados/solicitantes y Juez Encargado o de Paz, o Encargado del Registro Civil.
Telemáticamente
El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola (https://banyeresdemariola.sedipualba.es) utilizando el formulario del mismo.
Presencial (sólo en caso de personas físicas)
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTACIÓN.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: la solicitud se presentará, con al menos 2 meses antes de la celebración.
Ordenanza reguladora de la celebración y autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, publicada en el BOP de Alicante nº 52 de 16 de marzo de 2011.
Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios que se presentan con motivo de la celebración de matrimonios civiles.
Por medio de SUMA Gestión Tributaria Diputación de Alicante en el siguiente enlace:
https://www.suma.es/AutoLiquidaciones/?idioma=es
Organismo: Banyeres de Mariola (Ajuntament)
Concepto: Matrimonio civil
Desestimatorio.
Durante todo el año.
Sí.