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ADL006A-Solicitud adhesión de establecimientos a la campaña "Adelántate a la Navidad con el Bono Consumo del Otoño. Banyeres de Mariola 2026.

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ADL006A-Solicitud adhesión de establecimientos a la campaña "Adelántate a la Navidad con el Bono Consumo del Otoño. Banyeres de Mariola 2026.

Desde 24/09/2026 0:00 hasta 03/10/2026 23:59

OBJETO DEL TRÁMITE

Solicitar la adhesión de establecimientos a la campaña "Adelántate a la Navidad con el Bono Consumo del Otoño Banyeres de Mariola 2026, el cual será requisito obligatorio para poder participar en la campaña.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Podrán adherirse a esta iniciativa las personas físicas y jurídicas que tengan la condición de autónomo/a, microempresa o pyme de Banyeres de Mariola que cumplan estas condiciones:

·         Tener el domicilio fiscal  o su establecimiento en el término municipal de Banyeres de Mariola.

·        No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con el Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, a fecha de presentación de adhesión a la campaña.

·         Que estén dados de alta e incluidos en el listados de CNAE o IAE (ANEXO 1)

·         Están excluidas las siguientes actividades: Productos o servicios relacionados con el juego y/o apuestas del estado, Productos o servicios relacionados con el tabaco y servicios financieros.

PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Será desde el 24 de septiembre al 3 de octubre de 2026.

Los establecimientos realizarán una adhesión por establecimiento o local afecto a la actividad económica y que cumpla con los requisitos de la convocatoria.

La solicitud se realizará por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, en el formulario correspondiente publicado al efecto. Cuya dirección es:

https://banyeresdemariola.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=30511

Según lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, por conducto de la Base Nacional de Subvenciones.

De acuerdo en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se les advierte que este Ayuntamiento no podrá admitir ningún escrito ni realizar ningún trámite ni inicio de procedimiento administrativo alguno, si no es electrónicamente mediante la correspondiente firma de representación de la entidad, sociedad o empresa.

Aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite, sin entrar en el fondo del asunto, previa resolución adoptada al efecto.

La presentación de la solicitud de adhesión a la campaña por parte de los establecimientos implicará la aceptación del contenido de estas bases y el cumplimiento de los requisitos exigidos en la misma. Si los datos facilitados por el establecimiento adherido no se correspondieran con requisitos exigidos en estas bases, art. 6 apartado 6.1, éste podría quedar excluido de la presente campaña.

La presentación de la solicitud siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito será causa de inadmisión.

La adhesión a la campaña es gratuita.

El listado de establecimientos que participaran en la campaña será objeto de publicación el día 30 de octubre del 2026, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento surtiendo esta publicación los efectos de la notificación.

La resolución del listado de establecimientos fijará expresamente las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que debe sujetarse el establecimiento adherido así como, la desestimación expresa del resto de las solicitudes, en su caso.

La resolución del listado de establecimientos definitiva, también pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución o bien recurrir directamente ante la orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  1. Formulario Solicitud (A rellenar en el trámite).

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Su tramitación se realizará por medios electrónicos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola (https://banyeresdemariola.sedipualba.es) en el trámite correspondiente cumplimentando el formulario correspondiente publicado al efecto.

De acuerdo en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se les advierte que este Ayuntamiento no podrá admitir ningún escrito ni realizar ningún trámite ni inicio de procedimiento administrativo alguno, si no es electrónicamente mediante la correspondiente firma de representación de la entidad, sociedad o empresa.

NORMATIVA y compromisos

Los establecimientos que se adhieran a la campaña estarán obligados a:

 1. Mostrar en un lugar visible del establecimiento el cartel identificativo de la campaña que será proporcionado por el Ayuntamiento.

 2. Facilitar cuanta información y documentación le sea solicitada por parte del Ayuntamiento al objeto de verificar la correcta aplicación de las bases reguladoras de esta campaña.

 3. La política de devolución de los productos adquiridos mediante bonos no admitirá el reintegro de la cantidad desembolsada. Debido a que los bonos no son canjeables por dinero en efectivo y no se devolverá el importe del mismo en ningún caso, si se produce una devolución de producto, el establecimiento está obligado a emitir un vale por el importe íntegro de la compra a gastar en el mismo comercio.

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

La resolución de adhesión será objeto de publicación, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y  surtiendo esta publicación los efectos de la notificación.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT BANYERES DE MARIOLA - P0302100C
Plaça de l'Ajuntament, 1
03450 Banyeres de Mariola (Alicante)
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